Para viajar dentro del país en micros de larga distancia junto con un menor de edad deberás hacerlo acreditando que es tu hijo o sos su representante legal.
El menor también podrá viajar junto a un adulto que haya sido debidamente autorizado por el padre, la madre o el representante legal de forma personal y ante la agencia minorista que te realice la venta del paquete turístico.
Vale resaltar que esta documentación es una exigencia necesaria para prevenir situaciones como la sustracción o la trata de personas. Al momento de viajar, el responsable deberá presentar la documentación correspondiente (vínculo de madre, padre o representante legal o la autorización) a la coordinadora o el coordinador que acompaña del grupo.
¿QUÉ SE NECESITA PARA DEMOSTRAR EL VÍNCULO FILIATORIO?:
El vínculo podrá ser acreditado mediante el DNI del menor si éste contiene el nombre de sus representantes legales.
– DNI / pasaporte del menor.
– DNI del adulto (padre, madre o representante legal).
– Libreta de Matrimonio con el nacimiento asentado o Partida de Nacimiento o Acta de Nacimiento o Testimonio Judicial de Adopción.
¿QUÉ SE NECESITA PARA VIAJAR CON UN TERCERO?:
En este caso se deberá completar un FORMULARIO DE AUTORIZACIÓN DE LA CNRT de forma presencial en la agencia minorista contratada.
También se podrá autorizar previamente a través de escribano, autoridad del Registro Civil, Justicia de Paz, juez competente y otras autoridades administrativas y judiciales.
A TENER EN CUENTA:
– MENORES DE SEIS (6) no podrán viajar solos. Siempre deben ir acompañados por uno de sus padres, por su representante legal o por un tercero autorizado.
– MENORES ENTRE 6 Y 12 AÑOS INCLUSIVE deberán viajar acompañados por uno de sus padres, por su representante legal, por un tercero autorizado.
– MENORES DE ENTRE 13 Y 17 AÑOS podrán viajar solos con autorización de uno de sus padres o de su representante legal.